Tanto si tienes un grupo que quiere detectar su música como si eres un creador audiovisual, esta noticia te interesa ya que el servicio de derechos digitales de La Cupula Music (LCM) gestiona un gran catálogo de pistas de audio y también de obras audiovisuales a través de su partnership con Youtube

 

YouTube ContentID YouTube ContentID

¿Qué el ContentID?

Antes de todo empecemos por recordar lo que es el ContentID (CID). El CID es una pieza de propiedad intelectual - tanto para visual como para audio - con todos los datos pertinentes a tu obra y que puede ser distribuida a través de LCM. Una vez llega a Youtube, el CID actúa de manera automática como una huella digital que rastrea todo el contenido igual en la plataforma de video reclamando el contenido de terceros, es decir, los anuncios que salgan en estos videos se traducirán en royalties para el titular de los derechos.

La llegada del CID al Programa de Partners de YouTube supuso un gran avance para los  propietarios que querían controlar su catálogo en toda la plataforma de video. Pudieron pasar a reclamar el copyright y monetizar el contenido no licenciado en los videos de terceros. Es decir, ganar royalties fuera del canal oficial del creador y poder ganar ingresos con el UGC (User Generated Content). Un dato importante a remarcar es que actualmente, los artistas que distribuye LCM generan más royalties por el UGC que por el contenido de su canal oficial.

Controversia con los reclamos de Copyright

 

El titular de los derechos puede escoger entre monetizar o bloquear una copia de su obra detectada automáticamente gracias a ContentID

En el momento que el reclamo de un video no es aceptado debido a que se ha impugnado dicha reclamación, el video en cuestión inicia un proceso de disputa.

Durante el proceso de disputa se paraliza la monetización del video y se reactiva una vez se resuelve. Pero como todo proceso en el que se otorga el beneficio de la duda, existen pros y contras que finalmente pueden acabar perjudicando a alguna de las partes aún y habiendo actuando correctamente.

La parte negativa del proceso:

Cuando el verdadero propietario de la obra sí tiene la razón y ha perdido la acumulación de visitas durante los primeros días debido a que no se ha aceptado dicha reclamación de copyright.

La parte buena del proceso:

Cada día millones de usuarios en Youtube suben contenido sin recibir el permiso de los titulares de los derechos. Ante esta situación, los propietarios de la obra reclaman estos videos “no oficiales” a través del sistema de CID incluso pudiendo escoger si monetizar o  bloquear el video. Es decir, es el propietario del contenido quien decide siempre lo que hace con estas copias, Youtube nunca realiza ninguna acción sin el consentimiento de los titulares de derechos.

Mejora del sistema de ContentID

Volvamos a la parte mala de este proceso de disputa de derechos en la que un creador pierde royalties hasta que ésta no se resuelve.

Recientemente, Youtube comunicó desde su blog oficial que ha trabajado para poder evitar esta experiencia frustrante del creador que sí posee los derechos mientras se resuelve el problema y ha anunciado lo siguiente:

Cuando ambas partes se encuentren en medio de una disputa - creador que ha mandado el ContentID y usuario que ha utilizado este mismo material en su video y no ha aceptado la reclamación de copyright - Youtube continuará publicando anuncios sobre el video y reteniendo el resultado de los royalties por separado.

 

Youtube ha trabajado para el verdadero propietario de derechos no pierda royalties Youtube ha trabajado para el verdadero propietario de derechos no pierda royalties

Una vez la reclamación por CID haya sido resuelta, Youtube pagará los royalties a la parte correspondiente sin que esta haya perdido en ningún momento la monetización.

Recordemos que no siempre los reclamos de copyright son auténticos, existen trolls que quieren ganar dinero fácil y por ello Youtube apostó por el sistema de disputa de derechos para evitar estos fraudes, esto ocurre en muchas ocasiones con los casos de uso legítimo y dominio público.